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Según la Secretaría de Economía la renegociación del pacto comercial de América del norte genera ciertas ventajas laborales.

La Secretaría de Economía mediante el oficio SELAP/300/3168/18 del 8 de octubre de 2018, remitió a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión un informe relativo a las negociaciones para la modernización del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, –que dio lugar al United States-México-Canada Agreement (USMCA por su nombre en inglés)–.

Respecto de la materia laboral la dependencia señaló los siguientes datos y presuntos logros:

Prodecon propone una reforma legal para combatir a las EFOS y EDOS, ya que busca inhibir también la corrupción en el sector público.

La Prodecon sometió a consulta pública su propuesta de modificación a la LIVA, con la finalidad de que las personas morales retengan el IVA por prestación de servicios recibidos de otras personas morales, no solamente cuando el prestador sea persona física como actualmente lo contempla la norma vigente.

Con esa medida, se busca combatir la evasión fiscal  realizada por la “comercialización” de comprobantes fiscales llevada a cabo por las EFOS (empresas que facturan operaciones simuladas) y EDOS (empresas que deducen operaciones simuladas), pues las primeras no enteran el ISR e IVA derivados de tales comprobantes, y las segundas reducen su base gravable y carga impositiva al utilizar tales documentos.

De aprobarse tal iniciativa, también se obligaría a la federación, los estados, la Ciudad de México, los municipios, así como sus respectivos organismos descentralizados, a retener el IVA cuando reciban servicios proporcionados por personas morales. Con ello inhibirían así la corrupción en el sector público, por los conocidos casos de entidades que reciben facturas emitidas por las llamadas empresas fantasma.

El pasado 6 de septiembre entró en vigor el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.290818/225.P.DIR, relativo a la autorización para brindar facilidades administrativas en materia de subcontratación laboral, aprobado por el H. Consejo Técnico del IMSS en la sesión del 29 de agosto de 2018.

En el acuerdo se indica que

  • los contratistas que en términos del precepto 15-A de la LSS estén obligados a proporcionar al IMSS la información de los contratos celebrados de suministro de servicios de personal, tendrán por colmada dicha carga cuando:
  • utilicen el aplicativo Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones, administrado por el SAT, y
  • realicen el procedimiento que, para efectos de los artículos 27, fracción V, último párrafo, de la LISR, así como el 5o., fracción II y 32, fracción VIII, de la LIVA, establece dicho organismo mediante reglas de carácter general, y
  • los beneficiarios de los servicios, tienen por cumplido el deber previsto en el numeral 15-A de la LSS si emplean el aplicativo Consulta por el contratante de CFDI y declaraciones administrado por el SAT

En virtud de ello, una de las inquietudes de quienes deben cumplir lo ordenado en el artículo 15-A, tercer párrafo de la LSS, es si les conviene o no aplicar la facilidad administrativa descrita.

Por ello, a continuación se hace un análisis de la carga informativa que se tiene ante el Seguro Social, su diferencia con el aplicativo administrado por el SAT y qué tan benéfico es allanarse a lo previsto en el acuerdo aludido.

- Emitir un CFDI por el valor total de la operación y posteriormente uno por cada entero percibido

Te explicamos los pasos que debes seguir en cuanto al complemento de pago, pues aunque este procedimiento está disponible en la plataforma del SAT desde julio de 2017, hasta el pasado 1 de septiembre de 2018 el esquema de complemento de pagos se volvió obligatorio.

Datos que debe contener

¿Cómo se emite el CFDI tratándose de pago en parcialidades o en forma diferida?

Es menester emitir un CFDI por el valor total de la operación y posteriormente uno por cada entero percibido, o si la contraprestación no se liquida al momento de emitir el comprobante, incluso en operaciones de crédito pagadas totalmente en fecha posterior.

Para mayor claridad, enseguida se muestran los datos a incorporar en cada uno.

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