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Constancia de Situación Fiscal INFONAVIT, podrá ligarse a cumplimiento fiscal

Modificaciones a las Reglas para la obtención de la Constancia de Situación Fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos del Infonavit.

Con fecha 10 de noviembre de 2025, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Aviso por el que se hace del conocimiento del público en general las modificaciones al Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, en los términos que se indican.

Como en el título se indica, se modifican las reglas para obtener la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos al INFONAVIT.

Antecedentes normativos
El origen de este acuerdo se remonta a la Resolución RCA-13138-01/24, aprobada por el Consejo de Administración en su sesión ordinaria número 892 del 31 de enero de 2024, mediante la cual se modificaron las reglas para la emisión de la constancia de situación fiscal. Dichas reglas fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2024, con la finalidad de que la Constancia de Situación Fiscal INFONAVIT se emitiera considerando la evaluación integral de cumplimiento de todos los registros patronales asociados a una misma empresa, fortaleciendo así el control y la transparencia en las aportaciones y amortizaciones patronales.

Este esquema guarda una estrecha relación con el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), que establece los parámetros de cumplimiento fiscal exigibles a las personas físicas, morales o entes jurídicos que reciben o ejercen recursos públicos federales. Dicho precepto dispone, entre otros aspectos, que no podrán celebrarse contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con quienes tengan créditos fiscales determinados a su cargo, ni podrán recibir subsidios o estímulos sin contar con una opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por la autoridad correspondiente.

Motivo de la modificación
El Infonavit fundamenta esta actualización en la necesidad de armonizar sus reglas internas con las disposiciones del artículo 32-D del CFF y las Reglas 2.1.27. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El objetivo es garantizar que la constancia de situación fiscal emitida por el Instituto refleje criterios de cumplimiento equivalentes a los exigidos a nivel federal para el otorgamiento de subsidios, estímulos o beneficios fiscales.

En este contexto, el SAT ha establecido procedimientos específicos para la obtención de la opinión de cumplimiento, los cuales deben ser observados por fideicomisos y fondos públicos antes de autorizar la entrega de recursos. La modificación aprobada por el Infonavit busca, por tanto, integrar este estándar de cumplimiento fiscal dentro de su propio marco regulatorio, promoviendo la consistencia interinstitucional y reduciendo posibles discrepancias en la verificación de obligaciones fiscales.

Contenido del nuevo acuerdo
El acuerdo aprobado por el Consejo de Administración introduce ajustes puntuales en las reglas vigentes, adicionando una Regla Séptima, que establece expresamente que los fideicomisos o fondos que deban verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales de los beneficiarios podrán sujetarse a lo dispuesto por el SAT mediante la Resolución Miscelánea Fiscal y las Reglas Generales para la obtención de la opinión de cumplimiento.

Implicaciones técnicas y operativas
Desde una perspectiva técnica, esta modificación refuerza el vínculo de interoperabilidad normativa entre el Infonavit y el SAT. Al adoptar el marco del artículo 32-D del CFF, el Instituto no solo mide el cumplimiento de aportaciones y descuentos, sino también la situación fiscal general del patrón ante la autoridad hacendaria.

Para los empleadores, esto implica que la emisión de la constancia de situación fiscal del Infonavit podrá condicionarse al cumplimiento de las obligaciones fiscales federales, integrando en un solo proceso los aspectos tributarios y de seguridad social. Asimismo, los fideicomisos y fondos que canalicen recursos públicos deberán observar este nuevo alineamiento, garantizando que los beneficiarios mantengan opiniones de cumplimiento positivas tanto ante el SAT como ante el Infonavit.

Consideraciones finales
Estas modificaciones representan un paso en la coordinación institucional entre el sistema fiscal y el sistema de vivienda social.

 

Fuente: Fiscalia.com

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