¿Cómo debe manejarse la descripción del producto o servicio en el nuevo CFDI?
Uno de los requisitos del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es la utilización de un catálogo de productos y servicios, para incluir la clave que corresponda al bien o servicio facturado, como uno de los nuevos datos en el comprobante.
El catálogo contiene una lista de más de 52,000 conceptos, cada uno con una descripción.
Por ejemplo, quien enajena reses aplicaría la clave “10101514” del catálogo, que es la correspondiente a la descripción de “ganado vacuno”, la cual, como puede apreciarse, es una descripción muy general.
¿Cuál descripción aplica?
Una de las dudas más frecuentes es si en el campo “Descripción” en la factura, donde se expresa qué es lo que se está facturando, debe ponerse la descripción que corresponde a la clave del catálogo, o si puede aplicarse la descripción que el contribuyente tradicionalmente maneja, en los términos y costumbre de su industria.
Por ejemplo, un ganadero que cría y enajena reses, y para describir en sus facturas el ganado enajenado utiliza la clasificación del Banco de Datos de Genética Animal de la Asociación Europea para la Producción de Animales (EAAP por sus siglas en inglés), como puede ser “Angus - Aberdeen Angus” o “Devon Lechero - Milking Devon”, normalmente utilizaría esa descripción específica en su factura, pero ante la obligación de aplicar la clave del catálogo correspondiente a “ganado vacuno”, que es una descripción muy general, surge la duda de cuál es la descripción que debe utilizar.
Lineamientos
Para resolver este punto es necesario atender a las instrucciones del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal, que para efectos de la “Descripción” indica que es un dato “requerido para precisar la descripción del bien o servicio cubierto por el presente concepto”, pero no hace una referencia expresa a que se utilice la “descripción” del catálogo.
Por su parte, la Guía de Llenado del CFDI explica que “en este campo se debe registrar la descripción del bien o servicio propia de la empresa por cada concepto”.
De lo anterior se desprende que la “descripción” del comprobante es la que el emisor utilice de forma ordinaria, y no necesariamente la que le corresponde a la clave del producto o servicio en términos del catálogo.
En el ejemplo de referencia, el ganadero continuará utilizando sus descripciones de acuerdo con la clasificación de la EAAP, pero incluyendo, en el campo de 'clave del producto', la clave que le corresponda según el catálogo de productos y servicios.
En este sentido, en las facturas de este ganadero utilizado como ejemplo, se plasmaría lo siguiente:
Cantidad | Unidad | Clave de producto | Descripción |
20 | HEA (Cabeza) | 10101514 | Angus - Aberdeen Angus en pie |
Cantidad | Unidad | Clave de producto | Descripción |
15 | HEA (Cabeza) | 10101514 | Devon Lechero - Milking Devon en pie |
Extrapolando este ejemplo hacia otros casos, esto implicaría que los contribuyentes pueden realizar sus descripciones en los términos de sus necesidades. Si se desea colocar una descripción en un idioma distinto, o si desea precisar que los “servicios contables” son los correspondientes al mes de octubre de 2024, el contribuyente tiene la libertad de hacerlo.
Conclusión
De lo anterior se desprende que aunque es obligatorio utilizar la “clave de producto o servicio” del catálogo, esto de ninguna manera obliga al contribuyente a sustituir la descripción utilizada normalmente, por aquella del catálogo.
Es importante revisar, en los sistemas administrativos de las empresas, cómo se está manejando o se manejará la interacción entre el uso del catálogo de claves de productos y servicios y las descripciones a plasmar en la factura, pues como se ha comentado, la descripción que los contribuyentes utilizan no debe verse afectada por la incorporación de las claves del catálogo de referencia.
Fuente: Fiscalia.com